ANC rechazó resolución del Parlamento Europeo que reconoce a Juan Guaidó como “Presidente interino”

Emitieron un comunicado manifestando su malestar con la decisión emitida por la instancia europea

Primicias24.com- Este jueves la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), rechazó a través de un comunicado la resolución emitida por parte del Parlamento Europeo en el cual reconoce al presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, como el “Presidente interino” de Venezuela.

“Condenamos los constantes ataques del Presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, quien alejándose de su función estrictamente legislativa hacia Europa aprovecha su alta investidura para presionar a la UE y a sus Estados Miembros a plegarse a las posiciones más extremistas que buscan desencadenar la violencia y la ruptura del orden constitucional en Venezuela”, se lee en el documento.

En este sentido, la ANC instó al Parlamento Europeo a “respetar los principios del derecho internacional” de la Carta de las Naciones Unidas, así como los tratados que rigen las relaciones entre los Estados soberanos.

A continuación, el comunicado íntegro:

La Asamblea Nacional Constituyente, en ejercicio de su poder originario emanado del mandato conferido por el Pueblo venezolano el 30 de julio de 2017 y, en estricto apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, rechaza de manera firme y categórica la Resolución del Parlamento Europeo, aprobada el día 30 de enero de 2019, en la que pretenden avalar un golpe de Estado en Venezuela, siguiendo el plan golpista organizado por el Gobierno de Estados Unidos.

Condenamos los constantes ataques del Presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, quien alejándose de su función estrictamente legislativa hacia Europa aprovecha su alta investidura para presionar a la UE y a sus Estados Miembros a plegarse a las posiciones más extremistas que buscan desencadenar la violencia y la ruptura del orden constitucional en Venezuela.

Reafirmamos que ninguna autoridad u órgano extranjero con pretensiones imperiales y con ínfulas colonialistas tiene el derecho de interferir en asuntos internos de nuestra Patria, ni en las decisiones soberanas que adopta el pueblo venezolano mediante elecciones democráticas, libres, universales, directas y secretas como las que celebró el 20 de mayo de 2018, en la que eligió a Nicolás Maduro Moros como Presidente de la República para el período 2019-2025. 

Instamos al Parlamento Europeo a respetar estrictamente los principios consagrados en el derecho internacional, en la Carta de las Naciones Unidas, así como en los tratados que rigen las relaciones soberanas entre los Estados y, en consecuencia, a abstenerse de forma definitiva e incondicional de realizar pronunciamientos que pretendan socavar la integridad de las instituciones democráticas legítimamente constituidas de la República Bolivariana de Venezuela. 

Reafirmamos ante los organismos, Estados y naciones del mundo que la Asamblea Nacional Constituyente se mantendrá firme en la defensa, promoción y expansión de la vigorosa democracia venezolana, de los derechos humanos del pueblo venezolano, así como de sus derechos irrenunciables a la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional y, en consecuencia, no claudicará ante presiones de ningún tipo provengan de donde provengan. 

Respaldamos todas las acciones nacionales e internacionales que emprenda el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, en la preservación y defensa de la paz, la independencia y la soberanía nacional ante esta nueva arremetida internacional en contra de la Patria del Libertador Simón Bolívar. 

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 138. Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.

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