Primicias24.com- El Convenio Cambiario N° 1 no restablece la convertibilidad, pues para que haya convertibilidad con un tipo de cambio flotante, los particulares deben poder transar divisas al tipo de cambio de libre convenimiento, manifestó el economista Francisco Rodríguez.
El especialista considera que el convenio continúa obligándolos a usar el tipo de cambio del Banco Central de Venezuela (BCV)