Primicias24.com- El presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, anunció este domingo que para hoy fue convocada una reunión extraordinaria en la sede del Palacio Federal Legislativo, cuyo objetivo es solicitar el Estado de Emergencia Nacional.
La misma está contemplada dentro del artículo 338 de la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela pero, ¿qué es lo que implica el activar este mecanismo?
Para dar respuesta a la interrogante, el abogado y exmagistrado de la Corte Primera de Contacto Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, Perkins Rocha, aseguró en medio de una entrevista para CNN que “el artículo 338 de la Constitución está regulado por la Ley orgánica sobre Estados De Excepción aprobada el 15 de agosto de 2001”.
Dicha ley estipula cómo funcionan estos estados de excepción que están contemplados dentro de los artículos 337, 338 y 339 de la Carta Magna.
Rocha indicó en la entrevista que si el presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, considera que el país está en una situación de conmoción interna, lo cual está tipificado en la Ley Orgánica sobre Estados De Excepción, “puede solicitar la activación de estos artículos”.
“Declarada por la Asamblea Nacional la conmoción interior, queda el Ejecutivo facultado para dictar medidas extraordinarias y excepcionales que, de alguna forma, ponen en suspenso las garantías constitucionales individuales”, dijo.
El exmagistrado añadió que los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución hablan de situaciones extremas en donde se ponga en conflicto la seguridad, la paz ciudadana, el orden público y la vida de las personas, así como los valores fundamentales de una República, como democracia, libertad y sistema de Gobierno.
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