Expertos estiman que la informalidad mina mercado de alquileres

Primicias34.com- En todo el territorio nacional los alquileres de viviendas debido a la “crisis” económica que enfrenta el país son cancelados en divisas extranjeras, dependiendo de la zona, el tamaño del inmueble y si está amoblado o no.

En este sentido, según el portal web del diario El Universal, en el este de Caracas el alquiler de una habitación pequeña se encuentra entre 25 y 30 dólares, mientras en sectores como La Bandera, Los Símbolos y Ciudad Universitaria se pueden encontrar espacios un poco más grandes por 50 dólares. Por otro lado, en Puente Hierro el precio de una habitación es de aproximadamente 40 dólares, en cambio, los apartamentos en Chacao, El Hatillo, El Cafetal o Altamira poseen precios que van desde 100 a 500 dólares; para algunos arrendatarios el inmueble debe ser únicamente cancelado en divisas. Alegan que el bolívar pierde valor y no es rentable. 

Leyes y alcances  

La Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas señala los procedimientos administrativos para las contrataciones, los mismos “deben ser presentados ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (Sunavi) para poder establecer contratos inmobiliarios apegados a la ley”.

Cora Farías, abogada especialista en derecho inmobiliario y condominios, analizó las dificultades que hay detrás de un procedimiento legal en Venezuela, por lo cual muchos optan por “establecer acuerdos de palabra”.

“Hoy en día es muy difícil alquilar una vivienda en virtud de todas las limitaciones de las leyes inquilinarias, debido a que antes de ceder un inmueble en alquiler, hay que solicitar la fijación del justo valor ante la Sunavi, un valor que se aleja del verdadero costo del inmueble” puntualizó Farías. Del mismo modo explicó que para poder establecer un arrendamiento las personas deben guiarse por un contrato estipulado por Sunavi, en el cual esclarecen los compromisos que deben tener las partes al momento de arrendar, el cual expresa que no se exige una garantía o depósito adicional para que se pueda establecer un alquiler inmobiliario. 

En tal sentido, Farías manifestó que “la resolución administrativa de la Sunavi señala cuál será el monto del arrendamiento, el tiempo, y la relación entre arrendatario y el inquilino, lo que definió como “limitaciones a la autonomía de la voluntad de las partes”, por lo que recurren al desarrollo de contratos informales, en muchos casos ligado a la “buena voluntad” y la palabra de quien se dispone a alquilar. 

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