Primicias24.com.- El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por VOX en contra de diversos preceptos de la Ley Orgánica 1/2023, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Han anunciado voto particular los magistrados Enríquez Sancho, Arnaldo Alcubilla, Tolosa Tribiño y la magistrada Espejel Jorquera.
De esta manera han avalado estas reformas presentadas el pasado 16 de febrero de 2023 por el Congreso de los Diputados, que salió adelante con la oposición de PP y Vox. La ley ya permitía a las mujeres mayores de 16 años abortar durante las primeras 14 semanas de gestación, pero con la última reforma se elimina el requisito introducido en el 2015 por el Gobierno del PP que obligaba a las menores a contar con el consentimiento de sus representantes legales.
En España, el marco legal que regula el aborto ha experimentado cambios significativos desde su primera implementación en 1985. En aquel entonces, se aprobó la Ley Orgánica 9/1985, vigente desde el 5 de julio de ese año, permitiendo la interrupción del embarazo bajo tres circunstancias específicas: en caso de violación durante las primeras 12 semanas, para evitar un grave peligro para la salud de la embarazada sin límite de semanas, y si el feto presentaba graves taras físicas o psíquicas antes de las 22 semanas.