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Supremo de México invalida el decreto que blindaba las obras prioritarias de López Obrador

El presidente Andrés Manuel López Obrador, durante su participación en la conferencia de prensa matutina en el Palacio Nacional, hoy en Ciudad de México (México). Imagen de archivo. EFE/Isaac Esquivel

Primicias24.com La Suprema Corte de México invalidó este jueves el decreto del presidente, Andrés Manuel López Obrador, que declaraba sus obras prioritarias como de “seguridad nacional”, reservaba información e impedía cualquier obstrucción legal para frenarlas.

“La Corte declaró inconstitucional el acuerdo del Poder Ejecutivo que declaraba obras y proyectos como de interés público y de seguridad nacional, por transgredir el derecho de acceso a la información”, informó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras el fallo.

La resolución, que se aprobó por una mayoría de ocho ministros de 11, devino de una controversia constitucional del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Con este fallo, se quita el blindaje contra amparos y solicitudes de información que había emitido el mandatario mexicano en noviembre de 2021 para sus mega proyectos definidos como “prioritarios y estratégicos”.

Entre ellos están los más polémicos, como el Tren Maya y la Refinería de Dos Bocas, en el sureste mexicano, y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles para la capital del país.

El decreto presidencial, firmado por López Obrador, sostenía que su publicación permitía continuar “con la ruta encaminada a impulsar y consolidar los proyectos que llevarán como Nación a lograr el crecimiento económico y, con ello, lograr el bienestar social”.

El ministro ponente de este proyecto, Juan Luis González, determinó que este decreto es inconstitucional, ya que obstaculiza e inhibe derechos de los mexicanos como el acceso a la información.

Añadió que la norma impulsada por el presidente mexicano fue amplia y ambigua, permitía la reserva de información por presuntamente comprometer la seguridad nacional, y dejaba de lado la supervisión del correcto gasto de recursos públicos por la ciudadanía.

La ministra Margarita Ríos-Farjat también opinó que el acuerdo promueve un ámbito de inseguridad jurídica por la amplitud de su alcance sobre el régimen de contratación pública, anulando las mejores prácticas.

En este mismo sentido, el ministro Javier Laynez sostuvo que es “muy difícil o muy ingenuo” pensar que el término seguridad nacional no tiene un impacto en materia de transparencia.

En contra de esta determinación se posicionaron los ministros considerados afines a López Obrador, Arturo Zaldívar, Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel.

Por su parte, el Inai, que impugno este decreto el 10 de diciembre de 2021, celebró esta determinación, aunque el total de sus alcances se discutirá en una nueva sesión programada para el próximo lunes 22 de mayo.

“El fallo de la Corte deja a salvo el derecho de la sociedad a conocer y acceder a toda la información relacionada con los proyectos y obras a cargo del Gobierno”, apuntó en un comunicado.

Esto, abundó el Inai, permitirá monitorear el desarrollo de las obras públicas y vigilar que el gasto se lleve a cabo de manera eficaz y eficiente. EFE

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