Primicias24.com- Tras la llegada del COVID-19 a Venezuela el Gobierno Nacional decretó Estado de Alarma en todo el país, con la finalidad de que las personas cumplan con la cuarentena desde sus hogares a fin de evitar la propagación del virus.
La decisión quedó establecida mediante el decreto número 4.160 publicado en la Gaceta Oficial número 6.519 de fecha 13 de marzo de 2020.
Hay ciertos sectores que quedan exentos de dicho decreto, como el caso de los establecimientos o empresas de producción y distribución de energía eléctrica, de telefonía y telecomunicaciones. En tal sentido, se entiende que los medios de comunicación pueden circular sin mayor limitación siempre y cuando presenten un salvoconducto.
Desde hace unos días, los profesionales de la comunicación vienen denunciando la imposibilidad para ejercer con sus labores debido a las limitaciones para poder circular en el territorio nacional.
Por tal motivo, hacen un llamado al ministro de Comunicación e Información, Jorge Rodríguez, a atender dicha sugerencia y revisar con rigurosidad el cumplimiento de la normativa.
El resto de los sectores que no son objeto de la suspensión de actividades son salud (farmacias, hospitales, ambulatorios, entre otros), así como también los que conforman la cadena de distribución de alimentos, Sistema Portuario Nacional, transporte de gas, agua, expendios de combustibles y lubricantes, etc.
“Si se le solicita deberá mostrar su carnet del ministerio, centro de salud, medio de comunicación y empresa en la que trabaje y se le dejará circular sin problema alguno”, informó a pocos días de su publicación el ministro de Defensa, Vladimir Padrino López, hecho que a su vez fue aclarado por la vicepresidenta de la República, Delcy Rodríguez.
El texto también establece las normativas anteriormente dadas a conocer por las autoridades para enfrentar la pandemia mundial, entre ellas la obligatoriedad del uso de mascarillas para acceder a medios de transporte.



