Primicias24.com- El fiscal general de la República, Tarek William Saab introdujo ante la Sala Constitucional del máximo tribunal de Venezuela, un recurso de interpretación de los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
La nueva acción legal, es un recurso de interpretación que busca determinar si la organización conocida como Voluntad Popular es una organización terrorista y si es susceptible de sanciones.
El Ministerio Público solicitó a Sala Constitucional determinar si un partido u organización política, puede o no ser considerado sujeto activo o pasivo de responsabilidad penal en la comisión de delitos establecidos en la Ley.
Además, prevén establecer los parámetros adecuados para declarar al partido u organización política Voluntad Popular, organización criminal con fines terroristas para que posterior a ello sea disuelta en razón de lo establecido en la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.
De acuerdo con el fiscal de la República cada una de las decisiones legales son tomadas con base en las atribuciones del Ministerio Público como ente dispuesto a defender las garantías constitucionales, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 285 de la Carta Magna.
“Los artículos de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo que hemos solicitado interpretar se refieren a la responsabilidad de las personas jurídicas y las sanciones aplicables”, sentenció.
Al referirse a este punto precisó que según el artículo 31 de la ley venezolana, “las personas jurídicas con exclusión del Estado y sus empresas son responsables civil, administrativa y penalmente de hechos punibles relacionados con la delicuencia organizada y el financiamiento al terrorismo cometido por cuenta de ellas”.
No obstante, refirió que cuando se trate de personas jurídicas del sistema bancario, financiero o cualquier otro sector de la economía, que intencionalmente cometan o contribuyan a la comisión de delitos de delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo, el Ministerio Público está en la capacidad de notificar al órgano o ente de control correspondiente para aplicar las medidas administrativas que correspondan.
“El juez o jueza competente impondrá en la sentencia definitiva a cualquiera de las siguientes sanciones de acuerdo a la naturaleza del hecho cometido, su gravedad, las consecuencias para la empresa”, aseguró.
Las clausura definitiva de la persona jurídica en el caso de la comisión intencional de los delitos tipificados en la ley, la prohibición de realizar actividades comerciales, industriales, técnicas o científicas, la confiscación o decomiso de los instrumentos que sirvieron para la comisión del delito, de las mercancías ilícitas y de los productos del delito en todo caso y una multa equivalente al valor de los capitales, bienes o haberes en caso de legitimación de capitales, son algunas de consecuencias para quienes estén involucrados en temas terroristas.
Voluntad Popular
El partido Voluntad Popular fue aceptado formalmente por el Consejo Nacional Electoral en enero de 2011. Esta organización había sido creada como un movimiento en el año 2009 por Leopoldo López, un exmiembro de la secta Tradición, Familia y Propiedad.
Esta organización participó en las elecciones presidenciales de octubre de 2012, ganadas por el presidente Hugo Chávez y en esos comicios obtuvo poco más de 400 mil votos.
“Después de la elección presidencial en abril de 2013, en la que resultó electo el presidente Nicolás Maduro, este partido inició una carrera violenta hasta convertirse en una organización dedicada al ataque y destrucción del Estado”, denunció el fiscal.
La realización de actos terroristas como ataques incendiarios contra centros de salud, bibliotecas, universidades, centros deportivos, vehículos de transporte público y edificios del Estado estuvieron a cargo de dicha organización.
“Sus últimos gestos han sido presionar a AT&T para que sacara a Directv de Venezuela y pedir a los EEUU que impidiera que los tanqueros iraníes llegaran al país para traer gasolina y aditivos”, “No existen precedentes en la historia del país de una organización política que ante su imposibilidad de acceder al poder por la vía democrática de los votos, migre hacia la violencia terrorista nacional y trasnacional”, expresó.
«Presidencia interina: un cargo que no existe en la constitución”
Desde el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), describió brevemente los hechos atroces que han tenido lugar en Venezuela gracias a las acciones de la oposición y entre ellos, la autoproclamación del diputado Juan Guaidó.
“Se autoproclamó para un cargo que no existe, que no lo establece la Constitución ni alguna Ley Orgánica. A éste sujeto lo eligió un tuit desde los Estados Unidos”, remarcó.
William Saab, sostuvo que “valiéndose del apoyo del Gobierno de los Estados Unidos, este falso presidente, se apropió poco a poco de bienes que pertenecen a la República para su provecho personal y el de sus cómplices”.
“Se apropiaron de Citgo, el mayor bien del país en el exterior; además de Monómeros Colombo Venezolanos, una empresa petroquímica del Estado con sede en Colombia”, dijo.
Las autoridades pertinentes apuntan que con ese dinero financiaron una incursión mercenaria el pasado 3 de mayo en la que pretendían asesinar al tren ejecutivo.

